GARANTIAS PEDIDAS POR UN PROPIETARIO
La ley 26.964 del CCyC redacta las diferentes garantias que el propietario puede pedir:
Garantías
En los alquileres el inquilino debe proponer al locador cualquiera de las siguientes garantías:
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Título de propiedad inmueble;
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Aval bancario;
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Garantía de fianza o fiador solidario (garantias comerciales); o
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Garantía personal del inquilino: recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio. En caso de ser más de un inquilino se deben sumar los ingresos de cada uno.
El locador debe aceptar una de las garantías propuestas por el inquilino.
En los supuestos de aval bancario, seguro de caución y garantía de fianza o fiador solidario la reglamentación debe establecer los requisitos que deben cumplir las personas que otorguen estas garantías, así como sus características y condiciones.
¡NO TE QUEDES AFUERA POR NO TENER UNA GARANTIA!!!
ESCRIBINOS O LLAMANOS YA!!!
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